La AFIP pone en rigor desde el 1 de enero de 2022 las nuevas tablas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

A partir de 1° enero de 2022 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone en rigor las nuevas tablas de alícuotas y deducciones de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

De esta forma, los salarios de menos de $225.937 brutos (unos $187.000 de bolsillo o netos) no pagarán el Impuesto a las Ganancias.

Mientras que los salarios mensuales de entre $225.937 y $260.580 brutos pagarán, pero un monto menor al actual.

El nuevo piso desde el que se paga Ganancias surge de actualización anual y toma el mínimo de $150.000, a partir del índice salarial RIPTE, que alcanzó el 50,62%.

También quedan eximidos de Ganancias el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) para los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre de 2022 no supere los $225.937.

La AFIP publicó en su página web los montos de las nuevas deducciones para el mínimo no imponible.
La AFIP publicó en su página web los montos de las nuevas deducciones para el mínimo no imponible.

La AFIP publicó en su página web los montos de las nuevas deducciones para el mínimo no imponible.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2022

• La deducción especial incrementada que el Gobierno fijó para que los empleados que cobren hasta $150.000 por mes no paguen el Impuesto a las Ganancias ascenderá con la actualización a $225.937. El mismo valor regirá para la exención del aguinaldo.

• La deducción por cónyuge o conviviente $235.457.

• La deducción por hijo o hijastro queda en $118.742 y $237.483 en el caso de los hijos con discapacidad.

• Para los autónomos la deducción llega a $505.129.

• Por el personal de casas particulares se podrán deducir $252.564.

• En los alquileres se deducirá del Impuesto a las Ganancias $252.564.

• La deducción especial para los salarios asciende a $260.580.

• Impuesto sobre los Bienes Personales en 2022

• El mínimo no imponible pasa de $2 millones a $6 millones.

• Quien tenga patrimonio (autos, propiedades) por $6 millones o más deberá pagar Bienes Personales.

• La vivienda familiar de uso permanente queda excluida de ese cálculo si no supera de valuación fiscal los $30 millones.

LAS ESCALAS DE ALÍCUOTAS DE BIENES PERSONALES

• Quien exceda el mínimo no imponible de entre $0 y $3 millones pagará una alícuota de 0,5%.

• Quien supere el MNI de entre $3 millones y $6,5 millones abonará el 0,75%.

• Entre $6,5 millones y $18 millones de excedente el impuesto será de 1%.

• Si supera entre $18 millones y $100 millones se abona el 1,25%.

• Quienes superen los $100 millones pagarán 1,5%.

• Aquellos con más de $300 millones estarán en 1,75%.

• Para los bienes en el exterior se mantiene la alícuota de 2,25%.

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