El Gobierno nacional dispuso, a través del Boletín Oficial, que la alícuota del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos pase del 21 al 7%., con el fin de "lograr un equilibrio razonable entre las distintas partes del sector tabacalero".
"Disminúyese la alícuota del 21% establecida en el Artículo 1 de la Ley N 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos y sus modificaciones, estableciéndose la misma en el 7%", según el primer artículo del texto oficial, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña y de los ministros de Hacienda y Finanzas, Alfonso de Prat Gay y de Agroindustria, Ricardo Buryaile.
Además, el Gobierno aclaró que las disposiciones del decreto "entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 30 de abril de 2016, ambas fechas inclusive".