Vanessa Gómez Cuevas es peruana, tiene 33 años y hace 15 que vive en Argentina, donde nacieron sus tres hijos. En 2013 fue condenada a cuatro años de prisión, en un juicio abreviado, por haber vendido estupefacientes. Tras cumplir la pena en el Penal de Ezeiza de Mujeres, se recibió de enfermera, pero todo cambió la semana pasada. Desde el Gobierno explicaron que la decisión no fue separarla de sus hijos, ya que nada impide que sus ellos salgan del país
Un grupo de policías se acercó a la casa de Vanessa, en Villa Lugano, y le pidieron que los acompañe a firmar una notificación. Sin ser advertida, ella solicitó ir con su hijo más pequeño, mientras que los otros dos, de 14 y 5 años, se quedaron en la casa.
Sin embargo, fue trasladada a la Superintendencia de Investigaciones Federales. Mientras ella pasaba la noche en una celda con su bebé sin luz ni agua, su abogado presentó un habeas corpus ya que el lugar no cumplía con las condiciones mínimas de salubridad.
El domingo, la defensa presentó otro recurso, en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora. Pero nadie lo recibió. El lunes por la mañana, se presentó un amparo donde hicieron hincapié en los derechos del niño, de la mujer y en la importancia de la reunificación familiar. Intentaron también una presentación en Migraciones para que revise el caso. Las intervenciones fueron respondidas con trabas burocráticas.
Sin hacer caso a las presentaciones judiciales, el lunes a la tarde, por orden de un juzgado en lo contencioso administrativo y con la gestión de la Dirección de Migraciones, fue expulsada del país junto con el nene y en Villa Lugano quedaron sus otros dos hijos.
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En 2015, cuando pidió renovar su residencia, la Dirección Nacional de Migraciones que depende del Ministerio de Interior le informó que como tuvo una condena en el país alcanza para que el Estado comience su proceso de expulsión.
A partir de entonces, en cada oportunidad, Vanessa sostuvo formalmente que sus intenciones eran quedarse en la Argentina con sus hijos. Sin embargo, las autoridades insistieron y lograron que la jueza María Alejandra Biotti, a cargo del Juzgado en los Contencioso Administrativo Federal dispusiera N°5, dispusiera su expulsión.
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA – MIGRACIONES
Acerca de la expulsión de una ciudadana peruana
Dada la difusión en algunos medios respecto del caso de una ciudadana peruana que fue expulsada de acuerdo con lo establecido en la Ley de Migraciones 25871 sancionada en 2003, la Dirección Nacional de Migraciones informa que efectivamente la decisión administrativa fue tomada por el organismo en 2015, durante la anterior gestión, en razón de haber cometido un delito grave como es el comercio de estupefacientes.
La expulsión debe cumplimentarse, al margen de que tenga hijos o no, como ya especificaba la normativa de entonces, destacándose que el delito de narcotráfico no puede ser dispensado por el Ministerio del Interior ni por esta Dirección Nacional.
Cabe agregar que la persona presentó incluso un hábeas corpus ante la Justicia y que fue rechazada ratificando de tal modo la expulsión del país.
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