Según informaron fuentes judiciales porteñas, el delito que se juzgará será el de estrago imprudente y la causa, que tiene cinco querellantes y ocho imputados, estará a cargo de la jueza en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Carla Cavaliere.
El caso, que se convertirá en el primer juicio por jurado de la historia porteña, será la muerte de Adrián Continiello, de 32 años y sonidista de la TV Pública, ocurrida como consecuencia de un derrumbe de la vivienda que habitada en Pavón 3072, de tres pisos, que era lindera a una obra en construcción.
"El debate oral todavía no tiene una fecha de realización dado que se debe tener en consideración la pluralidad de imputados y querellantes involucrados en el caso, además de las posteriores convocatorias a los jurados y a la práctica de las audiencias de selección de jurados para completar la organización de todos los actos del procedimiento conforme lo defina la magistrada Cavaliere", indicaron desde la Magistratura porteña.
En ese marco, recordaron que en septiembre del año pasado, la Legislatura porteña sancionó la ley 6451 que incorporó el sistema de juzgamiento penal de Juicio por Jurados, tal como ocurre en otras diez provincias como Córdoba, Neuquén, Buenos Aires, Mendoza y Río Negro, entre otras.
La norma estableció que los tribunales populares estén integrados por 12 ciudadanos y 2 suplentes y brinda la posibilidad a los vecinos porteños -en este 2022, a aquellos cuyos DNI finalicen en 605- de participar activamente en un proceso judicial.
Entre los requisitos para ser miembro del jurado están ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados; tener entre 18 y 75 años de edad; saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos y tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la Ciudad.
A su vez, no podrán integrar el sistema de enjuiciamiento funcionarios nacionales, provinciales y porteños de los Poderes Ejecutivo y Judicial, así como tampoco los directivos de un partido político; en tanto que están "inhabilitados" a participar los abogados, los imputados en causas penales dolosas y los incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad, entre otros.