La Corte Suprema revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que estipulaba indemnizar con más de $ 8 millones a un trabajador de la industria pesquera por lastimarse un dedo meñique

La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) que estipulaba una indemnización de más de 8.000.000 de pesos para un trabajador de la industria pesquera por haberse lastimado un dedo meñique.

En su sentencia, la CNAT había determinado un 26,4 por ciento de incapacidad y $8.016.552 aproximadamente (capital e intereses) de indemnización para el operario.

En este caso la Sala I había condenado a la empleadora y a la ART, de manera solidaria, por un accidente laboral causado por un golpe que sufrió un trabajador en un dedo meñique.

Al operario se le debía pagar, según resolvió la CNAT, una suma actualizada superior a los 8 millones de pesos en concepto de daño moral y material.

El caso en cuestión, "Cannao, Néstor Fabián c/ Congeladores Patagónicos S.A. y otro s/ Accidente-Acción Civil", fue iniciado a partir de un siniestro ocurrido en un buque pesquero en octubre de 2012, cuando el trabajador golpeó su dedo meñique contra un cajón de langostinos congelados.

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Las apelaciones de la empresa y de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) llevaron el reclamo hasta la Corte Suprema, que revocó el fallo de la CNAT por "irrazonable y desmesurado", se informó a la prensa.

La Sala I de la Cámara había considerado civilmente responsable a la empresa y a la ART condenando solidariamente al empleador (artículo 1113 del anterior Código Civil) y a Provincia ART (art. 1074) a reparación integral.

El monto de la condena fue fijado en $1,8 millones por daño material más $400 mil por daño moral, cifras que actualizadas superaban los 8.000.000 de pesos.

"De esta manera, el máximo tribunal vuelve a poner un freno a las sentencias arbitrarias emanadas de algunas salas de la CNAT y a encender una señal de advertencia al resto de los peritos y tribunales del país, fijando jurisprudencia acerca de la correcta medición de los daños y de la utilización eficiente del Baremo (tabla de medición de incapacidades)", resaltó la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) en un comunicado de prensa.

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