Un Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la llamada "Ley Petri", que impide que condenados por drogas puedan acceder a la libertad condicional.
Una sala de la Cámara Federal de Casación Penal declaró la inconstitucionalidad de la ley que impide que condenados por venta de estupefacientes puedan acceder al beneficio de la libertad condicional.
Esta semana, el tribunal que actúa durante la feria judicial tomó esta decisión por mayoría, con el voto positivo de la vocal Ángela Ledesma y de Juan Carlos Gemignani –ambos por la inconstitucionalidad– y con la disidencia de Diego Barroetaveña.
Hace unos días, el tribunal que actúa durante la feria judicial tomó esta decisión por mayoría, con el voto positivo de los vocales Ángela Ledesma y Juan Carlos Gemignani y con la disidencia de Diego Barroetaveña,.
Este se debe a que en 2017 el Congreso modificó la norma penal con la llamada “ley Petri”, estableciendo que los condenados por determinados delitos graves no pueden recibir la libertad condicional.
Además de los de narcotráfico, se encuentran los delitos sexuales, los secuestros extorsivos y los homicidios calificados, entre otros.
De todos modos, Ledesma y Gemignani se pronunciaron en contra de la constitucionalidad de la norma y entendieron que debe revisarse la sentencia de un condenado en 2020 por narcotráfico, a seis años de prisión, por el Tribunal Oral Federal 3 de San Martín, en la provincia de Buenos Aires.
Ambos entienden que el condenado puede acceder a la libertad condicional y a otros beneficios a favor de la reinserción social. En su postura, argumentan el principio de igualdad ante la ley.
Mientras que en disidencia, Barroetaveña objetó a la mayoría indicando que la “Ley Petri” pretende el endurecimiento de las condiciones para beneficios carcelarios. Entendió que el criterio “general” de Casación sostiene que la norma está en sintonía con la Constitución.
Los agentes de la División Operaciones Federales dependiente de la Superintendencia de Drogas Peligrosas realizaron allanamientos en la zona norte del conurbano bonaerense, incautando drogas de diseño y test individuales de detección de Fentanilo, un elemento que los consumidores utilizan comúnmente para reducir daños y prevenir severas intoxicaciones para el organismo.
La investigación comenzó a partir de tres envíos postales secuestrados en el predio de la firma del Correo Oficial de la República Argentina por personal de ARCA (ex AFIP-ADUANA), dos de los cuales provenían de República Federal de Alemania y uno de Países Bajos, conteniendo cinco gramos de Éxtasis, 26 troqueles de LSD y 49 pastillas de Anfetamina. Estas encomiendas tenían como destinatario un ciudadano alemán, que se encontraba en la Argentina.
A raíz de lo sucedido, el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°5, a cargo del juez Diego Alejandro Amarante, Secretaría N°9 de la Dra. Viviana Carla De Rosa quien ordenó a la dependencia actuante la investigación del caso para dar con los responsables.
Como consecuencia, los federales comenzaron con las tareas de campo y de análisis de datos, estableciendo la existencia de tres domicilios en la localidad de San Isidro, vinculados al investigado quien poseía residencia permanente en nuestro país.
Con el total de las pruebas, el magistrado interventor libró órdenes de allanamientos a las fincas, donde se logró la afectación a la causa del principal implicado.
Además se secuestraron varias dosis de MDMA, ketamina y cannabis sativa, pastillas farmacológicas, siete picadores de marihuana, nueve Narco-Test, utensilios con restos de sustancias estupefacientes, un pistola Smith & Wesson calibre 45 y dos cargadores con municiones de diferentes calibres, un automóvil de alta gama, 200 dólares estadounidenses, 105.210 pesos, tres computadoras, tres CPU, gran cantidad de artículos de electrónica y documentación de interés para la investigación.
Por último, los elementos secuestrados, quedaron a disposición del juzgado interventor por infracción a la Ley 22.415 (Ley de Código Aduanero).