El fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Villar, presentó este jueves una apelación al fallo de noviembre pasado que condenada a la ex presidenta a seis años de cárcel. La defensa de la acusada también realizó una presentación, pero para que la absuelvan.
Mario Villar, fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal, pidió este jueves que la Corte Suprema de Justicia de la Nación condene a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a 12 años de prisión por el delito de asociación ilícita en el marco de la Causa Vialidad. Por su parte, la defensa de la ex mandataria, a cargo del abogado Alberto Beraldi, también apeló y solicitó al máximo tribunal que convoque a una audiencia pública para tratar el caso y que la absuelva.
Ambas partes hicieron sus presentaciones tras el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que en noviembre pasado había confirmado la condena de quien también fuera vicepresidenta de Alberto Fernández a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación al Estado en las 51 obras públicas que el empresario Lázaro Báez recibió durante los gobiernos kirchneristas para la provincia de Santa Cruz.
Villar planteó ante la Cámara Federal de Casación un recurso extraordinario para que este tribunal le abra la puerta a su reclamo de modo que lo analice la Corte Suprema. De todos modos, si los jueces de la Casación que intervienen en el caso, Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos resolvieran denegarle este recurso, la fiscalía podría plantear otro de queja ante la Corte.
El plazo de todas las partes para apelar vencía este viernes. A partir de esa fecha, habrá un plazo de 10 días para que la Fiscalía responda las apelaciones de las defensas y viceversa. Luego, los magistrados quedarán en condiciones de resolver. La definición de la Corte Suprema será clave porque es la última instancia y si confirma las condenas se deberán aplicar, por lo que Cristina Kirchner deberá ser detenida, puede ser en domiciliaria, y no podrá volver a ocupar cargos . Pero nadie espera que eso ocurra durante un 2025 electoral en el que está la expectativa de que podría ser candidata.
Fuente judiciales citadas por Infobae detallaron que la fiscalía en su apelación también había solicitado que se aplique la asociación ilícita a Báez, al ex secretario de Obras Públicas, José López; al ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nacional, José Periotti; y al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, quien fue absuelto, lo que también fue apelado.
“La principal arbitrariedad que exhibe la sentencia en crisis radica en la confirmación de la absolución de Báez, Fernández de Kirchner, De Vido, López y Periotti por el delito de asociación ilícita”, sostuvo Villar en su apelación de 40 páginas al fallo de Casación.
“Según se probó suficientemente en el debate, ellos, junto al fallecido ex presidente Néstor Kirchner instauraron y tomaron parte en una matriz de corrupción que, mediante la división de roles definidos estratégicamente (dentro y fuera de la estructura administrativa del Estado), la cual fue sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años y estuvo orientada a cometer múltiples delitos para detraer y apoderarse ilegítimamente de millonarios fondos públicos”, agregó el funcionario judicial en su escrito.
Villar hizo toda una explicación técnica de por qué se trató de una asociación ilícita y no, como argumentó por mayoría Casación, que las irregularidades en las 51 obras públicas fueron un único hecho por lo que no corresponde aplicar la asociación ilícita. “En especial, con relación al delito de asociación ilícita, el fallo impugnado propone una exégesis irrazonable de la norma aplicada, que la desvirtúa y la torna inoperante”, sostuvo.
El fiscal hizo un último apartado de consideraciones finales en el que sostuvo que a los acusados del caso “se los beneficia con una pena impuesta de seis años, que aparece a los ojos de cualquiera, jurista o no, como absolutamente desproporcionada por lo baja y que comunica a la sociedad, y a los presentes y futuros funcionarios, que es mejor repetir el delito, pues el beneficio es alto y la pena baja; si es que en algún momento llega a ser efectiva”.
Así puso como ejemplo casos de robos con penas de seis años y 10 meses de prisión: “dos robos agravados reciben una pena más elevada que una serie de defraudaciones, repetida 51 veces a lo largo de doce años por una ex presidenta de la Nación, situación que se reitera con las penas aplicadas a los otros funcionarios intervinientes y que, a su vez, están imputados por asociación ilícita”. “La asociación ilícita se aplica a los traficantes de drogas, a los tratantes de personas, a los ladrones en banda, a líderes de las llamadas organizaciones sociales y a causas por delitos de lesa humanidad, pero no a políticos”, concluyó.