De esta manera, la iniciativa volverá a Diputados para hacerle varias modificaciones. El proyecto regula las salidas anticipadas de condenados por delitos graves.

El Senado aprobó este miércoles por la tarde y devolvió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley para prohibir las salidas anticipadas de condenados por delitos graves.

Con 48 votos a favor y 8 en contra y una abstención (Fernando Solanas) la iniciativa fue aprobada con varias modificaciones y, en consecuencia, devuelta a la Cámara de Diputados, que le había dado su visto bueno en noviembre del año pasado.

El proyecto establece que los condenados por los delitos contra la integridad sexual, homicidio agravado, tortura seguida de muerte, narcotráfico y trata de personas, entre otros, así como los reincidentes, no podrán acceder a los beneficios de salida anticipada y libertad condicional.

Entre los cambios más importantes efectuados al proyecto está la exclusión de los delitos de homicidio simple, contra el orden económico y contrabando simple como causante para impedir al condenado acceder a los beneficios de las salidas anticipadas.

Los que sí quedaron fueron los delitos de tortura seguida de muerte, narcotráfico, trata de personas, delitos contra la integridad sexual, robo con arma en banda y despoblado, contrabando agravado y delitos con el fin de aterrorizar a la población.

Asimismo, se moderó la actuación del Servicio Penitenciario, que de acuerdo con el nuevo proyecto seguirá funcionando como auxiliar del juez de ejecución, pero sus informes no serán determinantes para el otorgamiento o no de salidas anticipadas, como proponía la reforma.

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Otro de los cambios introducidos es que la víctima tendrá participación en toda la cuestión vinculada con el régimen de progresividad de la pena, ya que podrá controlar su ejecución por parte del juez y proponer informes o peritos.

La iniciativa aprobada también excluye de las salidas transitorias a quienes posean una causa abierta y a los reincidentes. El proyecto indica que el desempeño del condenado en actividades que realice mientras cumpla su pena debe ser registrado e informado para su evaluación, lo que resultará relevante a la hora de recibir algún beneficio de libertad anticipada.

Los delincuentes, al ingresar al establecimiento correccional, deberán ser evaluados psicológicamente para individualizar el tratamiento que deben seguir en la cárcel.

Además, para poder ingresar en un régimen de “pre-socialización”, el interno deberán poseer buena conducta, no haber sido sancionado, trabajar con regularidad y cursar estudios.

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El Servicio Penitenciario corroborará el domicilio del imputado en el caso de que sea beneficiado con la posibilidad de dormir fuera del establecimiento.

Los imputados por delitos vinculados con explotación sexual deberán llevar una pulsera electrónica y en los casos en que sean beneficiados con visitas a familiares fuera del establecimiento, deberán ser acompañados por agentes del Servicio Penitenciario.

En tanto, los condenados por delitos que ahora están excluidos del régimen de semi libertad tendrán que ser ingresados a un Régimen Preparatorio de Liberación un tiempo prudencial previo a cumplir su condena.

Finalmente, el proyecto de ley prohíbe expresamente el uso de dispositivos móviles dentro de los establecimientos carcelarios y se asegura de que no puedan ser utilizados celulares que puedan ser ingresados de contrabando, ordenando el bloqueo de las señales telefónicas.

Por su parte, el Senado aprobó por unanimidad una ley que establece una definición legal más precisa para el delito de abuso sexual con el fin de que no quede librado a la interpretación del juez.

La nueva ley deja aclaradas todas las acciones que deben ser penadas como abuso sexual, en respuesta a una serie de causas judiciales de los últimos años en las que se resolvió, por ejemplo, que obligar a una persona a practicar sexo oral no constituía abuso sexual porque no era una forma de acceso carnal.

Con 50 votos a favor, los senadores aprobaron en la misma votación y giraron a la Cámara de Diputados un proyecto para eliminar la probation en los casos de violencia de género.

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