La medida fue publicada en el Boletín Oficial; prevé la creación de una Procuraduría especial y será retroactivo

A través del Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó el decreto de necesidad y urgencia por el que entra en vigencia el Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio, que había sido anunciado ayer por el presidente Mauricio Macri en conferencia de prensa.

A partir de esto, el Estado va a poder recuperar los bienes y fondos que fueron obtenidos de manera ilegal a través de delitos federales en casos de corrupción, contrabando, trata de personas, asociación ilícita y narcotráfico.

Se tratará, entonces, de una acción civil –que se realizará en paralelo a la penal- de carácter patrimonial a partir de la cual, y mientras exista la sospecha de que el imputado haya cometido un delito grave, el Estado podrá cuestionar la titularidad de un bien cuando no se corresponde razonablemente con los ingresos.

Los puntos principales:

  • Prevé la creación de una Procuraduría con facultades para realizar investigaciones de oficio así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos.
  • Incluye bienes susceptibles de valoración económica, mueble o inmueble, tangible o intangible, registrable o no, los documentos o instrumentos jurídicos que acrediten propiedad y otros derechos. También ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de esos bienes.
  • Es retroactiva a 20 años, es decir, se podrán incautar bienes relacionados a causas que se abrieron desde 1999.
  • Alcanza múltiples delitos, entre ellos a los acusados de contrabando de estupefacientes y armas; corrupción de menores; proxenetismo; trata de personas; secuestro extorsivo; fraude a la administración pública; malversación de fondos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; y enriquecimiento ilícito, entre otros.
  • El proceso civil se iniciará una vez dictada en sede penal una medida cautelar sobre los bienes.
  • Se invierte la carga de la prueba. Esto quiere decir que durante el juicio será el acusado, el responsable de demostrar que los bienes fueron adquiridos con fondos lícitos.
  • Los bienes quedarán a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE); el dinero será transferido a una cuenta especial que devengue intereses a fin de mitigar su depreciación; y los instrumentos financieros serán administrados por la ANSES.
  • Frente a la posibilidad de que en sede penal se dictamine que no se cometió delito, el Estado nacional dispondrá de un fondo de garantía para devolver lo incautado.
  • Se desarrollarán programas de colaboración de personas que aporten información bajo identidad reservada, recompensándolos por hasta el 10% de los bienes a los que se le extinguiría el dominio.
  • Según datos de la Oficina Anticorrupción, la Justicia embargó 254.000.000 millones de pesos en causas vinculadas sólo a la corrupción.

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