Prevé que será a diez años y estará destinado a cancelar letras intransferibles del Tesoro en poder del Banco Central. Habrá un plazo máximo de diez días para enviarlo al Congreso.
El presidente Javier Milei firmó este lunes el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita al gobierno a negociar el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial, por lo que el Ejecutivo entra en la última etapa de las gestiones con el organismo de crédito.
A cuatro días del anuncio oficial, Milei decidió sellar la medida. El borrador del decreto prevé que el acuerdo será a diez años y estará destinado totalmente a cancelar letras intransferibles del Tesoro en poder del Banco Central. Es un acuerdo de facilidades extendidas y no de un Stand By Agreement.
Se espera que el DNU sea genérico y no incluya detalles sobre las características del respaldo esperado del Fondo Monetario, un dato clave para los mercados.
La semana pasada, el Gobierno había anunciado que el acuerdo con el FMI no se enviaría al Parlamento a través de un proyecto de ley, sino mediante un decreto de Milei. Esto generó el rechazo de la oposición, al considerar que la medida va en contra de la Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública, que aprobó el Congreso en febrero de 2021 por impulso del entonces ministro de Economía, Martín Guzmán.
Esta normativa obliga al Ejecutivo a pedir autorización al Congreso para firmar acuerdos con el Fondo o para emitir deuda pública.
El ministro de Economía, Luis Caputo, justificó esa decisión en que buscar el respaldo del Parlamento llevaría demasiado tiempo y el país necesita "urgente" ese apoyo del FMI.
Más allá de que el Gobierno haya recalcado que enviará el DNU al Congreso para obtener su aprobación, la medida regirá con fuerza de ley desde el momento de su promulgación hasta tanto ambas Cámaras parlamentarias lo rechacen.
El decreto del acuerdo con el Fondo deberá seguir el mismo recorrido que cualquier DNU. A partir de su promulgación, el texto, que debe llevar la firma del Presidente, el jefe de Gabinete y todos sus ministros, se envía al Congreso. Para eso, Ejecutivo tendrá un plazo máximo de 10 días.
Luego, se trata en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, presidida por el senador libertario Juan Carlos Pagoto y encargada de dictaminar en torno a la validez de los DNU. Si ese cuerpo de trabajo no se pronuncia en un plazo de diez días hábiles, tanto la Cámara de Diputados como del Senado quedan habilitados a llevar el texto al recinto y aprobarlo o rechazarlo.
La votación no admite ningún tipo de cambio en el texto: el DNU únicamente puede ser aprobado o rechazado. En caso de que una de las dos Cámaras le dé el visto bueno a la norma, bastará para que quede aprobada, sin importar la voluntad de la otra. Sólo ante el rechazo del Senado y de Diputados puede caerse un decreto.
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