La Corte Suprema de Justicia resolvió este jueves por mayoría que el gobernador de la provincia de San Juan, Sergio Uñac, no puede ser candidato a un nuevo período como mandatario provincial.
La decisión fue firmada por Horacio Rossati, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz; en tanto que Ricardo Lorenzetti no votó por no haber intervenido en la cautelar qué pidió la medida.
La Corte se pronunció en el mismo sentido que lo dictaminado por el procurador interino Eduardo Casal, que anteayer sostuvo que la candidatura de Uñac violaba el artículo 175 de la Constitución de San Juan.
Ese artículo establece que el gobernador y el vicegobernador “duran cuatro años” en sus cargos y “pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Uñac pretendía ir por su cuarto mandato consecutivo: cumplió uno como vicegobernador y dos como gobernador.
En uno de los considerandos el máximo tribunal señala que “el equilibrio entre los valores del federalismo y aquellos que sustentan el sistema republicano explican que esta Corte intente ejercer su atribución de revisión judicial de las normas o actos provinciales con prudencia, limitando las declaraciones de inconstitucionalidad a los más excepcionales supuestos, pero sin soslayar la gravedad institucional que podría suponer convalidar comicios con ofertas electorales inconstitucionales.”
En el fallo destaca que es la propia demandada, es decir la provincia de San Juan, la que afirma que la candidatura de Uñac para un nuevo mandato a gobernador sólo puede fundarse en una interpretación del artículo 175 de la Constitución provincial que dispone que el límite de tres mandatos consecutivos rige exclusivamente para el mismo cargo. Esta postura, sostienen en su voto Rosatti y Maqueda, está en franca contraposición con “la pauta republicana consagrada en el artículo 5 de la Constitución Nacional” que ya fue mencionada en el precedente de “Río Negro”. Esto implicaría que Uñac podría desempeñarse -según el voto de Rosatti y Maqueda- cumplir funciones como gobernador y vicegobernador de manera consecutiva e indefinida. “Así, una persona podría ejercer el mismo cargo durante uno, dos o tres mandatos consecutivos e inmediatamente después desempeñar el otro cargo del binomio también por uno, dos, o tres mandatos consecutivos, repitiendo el ciclo de manera indefinida.”
El propio Uñac le había pedido ayer a la Corte Suprema que "se expida rápidamente" sobre la constitucionalidad de su candidatura y había anticipado que acataría "lo que la Justicia disponga".
En un extenso hilo de Twitter titulado "Por el bien de las instituciones y los sanjuaninos", el mandatario provincial cuestionó: "La misma Corte Suprema que suspendió parcialmente los comicios en San Juan a 48 horas del comienzo de la veda electoral, ahora se toma semanas para expedirse sobre la cuestión de fondo".
El posteo de Uñac se produjo a 24 horas de que el Procurador General Eduardo Casal consideró que no corresponde que el mandatario provincial se postule a un nuevo mandato porque eso violaría los límites que impone la Constitución de San Juan.
"La misma Procuración General de la Nación que hace poco más de un mes había subrayado la no competencia de esa Corte Suprema para definir mi candidatura, ahora sorprendente e intempestivamente opina en contra de mi postulación, argumentando inconstitucionalidad", apuntó Uñac este miércoles.