El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, rechazó durante el día de ayer el planteo de nulidad realizado por la defensa del periodista Daniel Santoro contra el informe de la Comisión Provincial por la Memoria sobre su supuesta vinculación con tareas y operaciones de espionaje que llevaba adelante el falso abogado Marcelo D’Alessio.
Se trata del informe elaborado por el organismo que encomendó el citado juzgado federal y el cual es cuestionado por Santoro bajo el argumento que es violatorio de las fuentes de información y afecta la libertad de expresión que tiene todo trabajador de prensa.
"A diferencia de otros periodistas, el vínculo de Santoro con Marcelo D’Alessio excedía la mera relación fuente-periodista y, según surgía del análisis de la prueba reunida, ambos mantenían una estrecha relación de amistad, intercambiaban mutuamente información sensible, confidencial o de acceso restringido y desarrollaban planes y actividades ilícitas en forma conjunta", resaltó el juez federal de la localidad bonaerense de Dolores y con fuertes vinculaciones con el kirchnerismo.
En ese sentido, recordó que eso surge del análisis de la computadora de D’Alessio y de documentación suya secuestrada en distintos allanamientos realizados por personal policial: la relación entre el falso abogado y el periodista sería desde el año 2016 en adelante.
"El vínculo entre D’Alessio y Santoro superaba el de un periodista con una fuente, y, por el contrario, implicaba el diseño y ejecución de diversos planes y actividades ilícitas en forma conjunta", añadió el juez Ramos Padilla.
El periodista Daniel Santoro fue procesado por tentativa de extorsión y coacción aunque por ahora tiene falta de mérito respecto al delito de asociación ilícita.
"La Comisión Provincial por la Memoria no ha analizado notas de periodistas, ni realizó ningún juicio de valor respecto de la actividad de ningún periodista, ni tampoco imputó a ningún periodista", evaluó el juez. Cabe mencionar que la citada comisión es presidida por quien fuera Premio Nobel de la Paz en la década del 80, Adolfo Pérez Esquivel.
"Como puede verse son muchos los casos en los que se corroboró que las publicaciones, en particular de Daniel Santoro, eran utilizadas como un mecanismo para alarmar a la víctima y hacerla ceder frente a la extorsión o coacción que sufría", según consideró Ramos Padilla en su fallo.