El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo 1 de Lanús, a cargo de Maximiliano Alberto Ceballos, consideró fundamental el acceso al vital líquido,
La Justicia le dio la razón a la Municipalidad de Avellaneda y le ordenó a la empresa prestataria Aguas y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA) el restablecimiento del suministro en las distintas dependencias ante una supuesta falta de pago del servicio.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo 1 de Lanús, a cargo de Maximiliano Alberto Ceballos, consideró fundamental el acceso al agua potable al argumentar que “sin la misma, el Municipio no puede llevar adelante su gestión, siendo un elemento esencial para la vida y para el desarrollo”.
De esa manera, rechazó la existencia del compromiso impago, ya que “la documentación presentada en el proceso judicial mostró -por parte de la Comuna- que se habían realizado compensaciones correspondientes entre las partes”. “Además, los actos administrativos del municipio se consideraron legítimos y con fuerza ejecutoria”, completó.
Además, recalcó que “la firma no puede reclamar ninguna suma en concepto de aviso de corte o servicio de precintado o interrupción del suministro”.
El impacto del corte, según informó Avellaneda Hoy, estuvo en las dependencias de la Secretaría de Desarrollo Territorial, el Registro Civil y el Consejo de Economía Social y Popular, principalmente. Otro orgnismo perjudicado resultó ser la Subsecretaría de Gestión de Residuos.
Asimismo, desde la Intendencia apuntaron contra AySA por “realizar avisos de corte e inspecciones en otras dependencias municipales que prestan servicios esenciales, como delegaciones y oficinas de atención primaria a los contribuyentes”.
Ambas partes justificaron sus decisiones. Los directivos de AySA focalizaron en la condición sine qua non el pago del servicio para contar con el mismo nuevamente, mientras que la Comuna mencionó que los saldos fueron “compensados conforme a las facultades otorgadas por la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades”.